LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PORTOVIEJO Y ESMERALDAS Desde su creación, la Corte Superior de Justicia de Guayaquil tuvo jurisdicción sobre las provincias de Manabí y Los Ríos y la de Quito sobre Esmeraldas; pero como con el transcurso del tiempo no alcanzaba a despachar los procesos que se llevaban en ella, la Convención Nacional de 1884 por Decreto Legislativo del 11 de marzo de 1884, creó la Corte Superior de Justicia de Portoviejo y Esmeraldas.
DECRETO DEL 10 DE MARZO DE 1884 CREANDO LA CORTE SUPERIOR DE PORTOVIEJO Y ESMERALDAS
José María Plácido Caamaño
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
El Ministro de lo Interior, J. Modesto Espinoza.
LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PORTOVIEJO Y ESMERALDAS
Desde su creación, la Corte Superior de Justicia de Guayaquil tuvo jurisdicción sobre las provincias de Manabí y Los Ríos y la de Quito sobre Esmeraldas; pero como con el transcurso del tiempo no alcanzaba a despachar los procesos que se llevaban en ella, la Convención Nacional de 1884 por Decreto Legislativo del 11 de marzo de 1884 creó la Corte Superior de Justicia de Portoviejo y Esmeraldas.
La Corte de Portoviejo y Esmeraldas comenzó a funcionar con tres Ministros Jueces y un Ministro Fiscal a quienes se les asignó un sueldo de 200 pesos mensuales.
DECRETO DEL 10 DE MARZO DE 1884 CREANDO LA CORTE SUPERIOR DE PORTOVIEJO Y ESMERALDAS
LA CONVENCIÓN NACIONAL DEL ECUADOR
CONSIDERANDO:
Que la Corte Superior de Guayaquil no alcanza a despachar los procesos que se elevan a ella, por lo extenso del distrito de su jurisdicción; y que por esta causa, va aumentándose diariamente el número de litigios pendientes en la mencionada Corte:
DECRETA:
ART. 1.- Se establece, a más de las Corte Superiores existentes, otra en la cuidad de Portoviejo, debiendo extender su jurisdicción a las provincias de Manabí y Esmeraldas.
ART. 2.- El número de Ministros así como la organización y atribuciones de la Corte, serán los determinados por la ley, y principiará a funcionar desde el 1 de julio próximo.
ART. 3.- Los procesos pertenecientes a las provincias mencionadas y de los que aún no se hubiere hecho relación en la época en que la nueva Corte principiare a funcionar, serán remitidos a dicha Corte, la cual los continuará desde el estado que se hallaren.
ART. 4.- El Poder Ejecutivo dictará órdenes conducentes a que, con la debida prontitud, se prepare el local para dicha Corte.
Dado en Quito, Capital de la República, a 10 de Marzo de 1884.
El Presidente, Francisco J. Salazar.
El Diputado Secretario, Honorato Vásquez.- El Diputado Secretario, José María Flor de las Banderas.- El Secretario, Aparicio Ribadeneira.
Palacio de Gobierno de Quito, a 11 de Marzo de 1884
EJECUTESE
José María Plácido Caamaño
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
El Ministro de lo Interior, J. Modesto Espinoza.
LOS PRIMEROS MINISTROS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PORTOVIEJO Y ESMERALDAS Y EL PRIMER MINISTRO FISCAL
El Congreso Nacional en Sesión del 17 de Abril de 1884 nombró como Ministros Jueces de la Corte Superior de Portoviejo y Esmeraldas a los Doctores: Espiridión Dávila, Tomás Rendón y Amadeo Tobar, y como Ministro Fiscal al Dr. Luis Burbano.
El 1 de Julio de 1884 sólo el Dr. Amadeo Tobar estuvo en Portoviejo para la instalación que debería acaecer, pero ante la ausencia de los demás Ministros Jueces esta fue aplazada.
1 DE SEPTIEMBRE DE 1884, INSTALACION DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PORTOVIEJO Y ESMERALDAS.
El 1 de septiembre de 1884, ante la ausencia de por dos meses de los Ministros Jueces y del Ministro Fiscal, Sres. Dres. Espiridión Dávila, Tomás Rendón y Luis Burbano, respectivamente, el Dr. Amadeo Tobar instaló solamente la Corte Superior de Justicia de Portoviejo y Esmeraldas en la casa del Sr. Oliva Bowen, frente al cuartel de policía.
El Dr. Amadeo Tobar nombró conjueces, secretario-relator y oficial mayor Ad Hoc y comenzó a conocer las causas pertinentes.
POSESION DEL MINISTRO JUEZ DR. VICENTE BENITEZ
El 18 de Septiembre de 1884 prestó juramento como Ministro Juez de la Corte de Justicia de Portoviejo y Esmeraldas el Dr. Vicente Benítez.
El 25 de Septiembre de 1884 se devolvió de Guayaquil treinta sumarios y cuatro juicios civiles de Portoviejo y Esmeraldas.
En Octubre fue nombrado Ministro Interino el Dr. David Ledesma Zavaleta, completándose así la Corte Superior de Portoviejo y Esmeraldas.
PRIMER PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PORTOVIEJO Y ESMERALDAS
El 20 de Octubre de 1884 con la presencia del Sr. Escribano de Número de Portoviejo, Dn. Mateo Cedeño, se reunieron los señores Ministros Jueces, Dres: Amadeo Tobar, Vicente Benítez y David Ledesma Zavaleta y una vez que el señor Escribano constató y certificó el quórum reglamentario se eligió como Presidente al Dr. Vicente Benítez quedando como Ministros Jueces los Dres: Amadeo Tobar y David Ledesma Zavaleta, continuando como Ministro Fiscal el Dr. Luis Burbano.
Los Dres. Amadeo Tobar y David Ledesma Zavaleta, que eran solteros formaron familia en Manabí y el Dr. Vicente Benítez vino casado en segundas nupcias.
SUPRESION DE LA CORTE DE JUSTICIA DE MANABI Y ESMERALDAS
El Congreso Nacional de 1885 por Decreto del 30 de Julio de 1885 suprime la Corte Superior de Justicia de Portoviejo y Esmeraldas, quedando nuevamente dependiendo Manabí y Esmeraldas de la Corte Superior de Justicia de Guayaquil.
Decreto de Supresión. (No consta)
Art. 3 .- Los sueldos de los Ministros de la Corte Superior de Portoviejo serán iguales a los de la Corte de Guayaquil.
ART. 4.- Se suspenderán los efectos de este decreto hasta que se instale convenientemente la Corte de Portoviejo y entre tanto, las provincias de Manabí y Esmeraldas quedarán sujetas, en lo judicial, a la Corte Superior de Guayaquil.
ART. 5.- Quedan así reformados los Arts. 52 y 54 de la Ley de Procedimiento Civil, sancionada el 20 de agosto de 1886.
Dado en Quito, capital de la República a veintinueve de Julio de mil ochocientos ochenta y siete.
El Presidente de la Cámara del Senado, CAMILO PONCE.- El Presidente de la Cámara de Diputados, APARICIO RIBADENEIRA.- El Secretario de la Cámara del Senado, GABRIEL I. VEINTIMILLA T.- El Secretario del la Cámara de Diputados. JOSE MARIA BANDERAS.
Palacio de Gobierno en Quito, 6 de Agosto de 1887.- Ejecútese.- J.M.P. CAAMAÑO.- J.M. ESPINOZA.
RESTABLECIMIENTO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PORTOVIEJO Y ESMERALDAS
Dos años después el Congreso de 1887, por Decreto del 29 de Julio de 1887 restablece la Corte Superior de Justicia de Portoviejo y Esmeraldas, pero el mencionado decreto, en el Art. 4 suspende los efectos hasta que de instale convenientemente la referida Corte, que hasta tanto queda sujeta a la de Guayaquil.
DECRETO DEL 29 DE JULIO DE 1887 RESTABLECIENDO LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PORTOVIEJO Y ESMERALDAS.
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR DECRETA:
ART. 1.- Se restablece la Corte Superior de Portoviejo, que se compondrá de dos Ministros Jueces y un Ministro Fiscal.
ART 2.- La jurisdicción de la Corte Superior de Portoviejo se extenderá a las provincias de Manabí y Esmeraldas.
PRESUPUESTO PARA LA CORTE DE JUSTICIA DE PORTOVIEJO Y ESMERALDAS.
Posteriormente la Cámara del Senado señaló el presupuesto para la Corte de Justicia de Portoviejo y Esmeraldas y el Presidente de la República Dr. José María Plácido Caamaño y Cornejo, ofició al Sr. Gobernador de Manabí Crnel. José Antonio Farías García Pinoargote, para que preparara y arreglara los locales de la Corte, la misma que debería instalarse el 10 de Enero de 1888, siendo nombrados por el Congreso Nacional como Ministros Jueces de la restablecida Corte Superior de Justicia de Portoviejo y Esmeraldas, los señores Dres: Darío E. Palacios, Miguel Abad Serrano y como Ministro Fiscal el Dr. David Ledesma Zavaleta.
INSTALACION DE LA CORTE DE JUSTICIA DE PORTOVIEJO Y ELECCION DE DIGNIDADES
El 10 de Enero de1888 reunidos los Ministros Jueces Sres. Dres. Dn. Darío E. Palacios y Dn. Miguel Abad Serrano y como Ministro Fiscal el Dr. Dn. David Ledesma Zavaleta, ante el escribano del cantón Sr. Matías Cedeño, llamado para autorizar el acto, se procedió a la instalación de la sesión de los miembros de la Corte Superior de Justicia de Portoviejo y Esmeraldas y designado como Presidente el Dr. Darío E. Palacios. A continuación se procedió a designar como secretario relator al Sr. Dr. Agenor Palacios.
Se acordó que los nombramientos de los demás empleados subalternos se harían después de posesionado el secretario relator.
OTRA SUSPRESION DE LA CORTE DE JUSTICIA DE PORTOVIEJO Y ESMERALDAS
Tenía laborando 14 años la Corte de Justicia de Portoviejo y Esmeraldas cuando el 7 de octubre de 1902 siendo Presidente de la República el Gral. Leonidas Plaza Gutiérrez, se decreta la supresión de la Corte de Justicia de Manabí y Esmeraldas.
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR
ART. 1.- Suprímase la Corte Superior de Portoviejo.
ART. 2.- Todas las causas que, a la vigencia de este decreto, se hallen en sustanciación en la mencionada Corte, y las que en lo sucesivo hayan de elevarse a ella por apelación o consulta, se remitirán a la Corte de Guayaquil, a cuya jurisdicción queda sometido el distrito judicial de la Corte de Portoviejo.
ART. 3.- El archivo de la Corte de Portoviejo se entregará, por uno de los Alcaldes Municipales del cantón y el secretario u oficial mayor del tribunal, a uno de los escribanos del cantón, previo al correspondiente inventario, el cual, junto con el archivo, se remitirá a la Corte Superior de Guayaquil.
Dado en Quito, Capital de la República a siete de octubre de mil novecientos dos.
El Presidente de la Cámara de Senado, AURELIO NOBOA.- El Presidente de la Cámara de Diputados, J.J. ANDRADE.- El Secretario de la Cámara del Senado, SERGIO ARIAS M.- Por el Secretario de la Cámara de Diputados, el Oficial Mayor, M. STACEY.
Palacio Nacional, en Quito a los diez y seis de Octubre de mil novecientos dos. EJECUTESE.
LEONIDAS PLAZA G.
El Ministro del Interior, encargado del Despacho de Justicia, Miguel Valverde.
Es copia. El Subsecretario, C. Carrera
Nº 328.- REGISTRO OFICIAL.- Octubre 18 de 1902)
NUEVO RESTABLECIMIENTO DE LA CORTE DE JUSTICIA DE PORTOVIEJO Y ESMERALDAS
Cuatro años después del 27 de julio de 1906 el Jefe Supremo Gral. Eloy Alfaro dicta el decreto correspondiente restableciendo la Corte Superior de Justicia de Portoviejo y Esmeraldas.
ELOY ALFARO
ENCARGADO DEL MANDO SUPREMO DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la administración de justicia no puede ser beneficiosa sino es pronta;
Que la experiencia ha demostrado que la supresión de la Corte Superior de Portoviejo sólo ha servido para retardar y aún dificultar la expresada administración en la provincia de Manabí;
DECRETA:
ART. 1.- Se restablece la Corte Superior de Portoviejo;
ART. 2.- Dicha Corte se compondrá de tres Ministros Jueces y un Ministro Fiscal; un Secretario Relator, un Oficial Mayor; tres Amanuenses, inclusive un Archivero y un Portero;
ART. 3.- La jurisdicción de la Corte Superior de Portoviejo se extenderá a la provincia de Manabí;
ART. 4.- La Corte Superior de Guayaquil fallará en las causas que en apelación le hubiere ido de los juzgados de la indicada provincia y que, a la fecha en que entre en vigor este decreto, estuvieren relatadas; las que no lo estuvieren las devolverá a la Corte de Portoviejo inmediatamente;
ART. 5.- Los Ministros de la Corte Superior de Portoviejo tendrán el sueldo se S/.300,00 mensuales; el Secretario Relator, el de S/. 150,00; el Oficial Mayor, el de S/. 100,00 y los Amanuenses el de S/. 60,00 mensuales cada uno;
ART. 6.- Este decreto comenzará a regir el primero de septiembre próximo;
ART. 7.- Queda así reformado el Art. 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial vigente.
ART. 8.- Los Ministros de Justicia y de Hacienda llevarán a ejecución este decreto.
Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a veintisiete de Julio de mil novecientos seis.
Eloy Alfaro
El Ministro de Justicia
f) Manuel Montalvo
El Ministro de Hacienda
f) C. Echenique
Es Copia.- Por el Subsecretario, el Jefe de Sección de Justicia, F) Jesús Vaquero Dávila
(No. 143 REGISTRO OFICIAL.- Julio 30 de 1906 |